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Cartas de la Policia

Interes Policial

CARTA DE LA POLICÍA LOCAL DE GUADALAJARA

Jefatura de la Policía Local
23/02/2009

Con el cinematográfico titulo de “Policías o ladrones “ y en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión, un padre enojado con una intervención de la Policía Local por denunciar a su hijo al hacer uso de un monopatín en la Plaza de los Caídos en la Guerra Civil e intervenirle el mismo , dirige una carta de protesta a diferentes medios de comunicación en la que, simplificando los hechos, asigna el papel de buenos y víctimas a unos niños y/o adolescentes que juegan con sus monopatines y el papel de “malos” a unos Policías Locales que no encuentran mejor cosa que hacer en su trabajo que interrumpir esa actividad lúdica y formular una denuncia por infracción a una Ordenanza Municipal convirtiéndose , además, en “ladrones” de monopatines.

El argumento cándido e inocente de buenos y malos remueve las conciencias a favor de unos y en contra de otros. Pero por encima de esta superficialidad se esconden hechos, circunstancias, datos e, incluso, reflexiones que pueden suponer un cambio de perspectiva o de conceptos sobre los buenos y los malos.

Las normas de convivencia que la sociedad se da a si misma, plasmadas en Leyes, ordenanzas municipales, etc., tienen por objeto preservar la supremacía del interés general o público sobre los intereses particulares o privados. En consecuencia la Policía tiene su razón de existir y se crea por los ciudadanos como un servicio público para aplicar y hacer cumplir esas normas de convivencia, evitando o reprimiendo los intereses o conductas particulares que pueden “afectar” o “menoscabar” el interés colectivo del resto de ciudadanos. Los Policías no son sino “funcionarios encargados de hacer cumplir la ley” (Resolución nº 169/34 de 1979 de la Asamblea General de las Naciones Unidas). En este contexto y no en otro es donde, a nuestro juicio, se debe encuadrar esta queja, subvirtiendo los papeles de buenos y malos de forma diferente a como expresa este ofendido padre.

El uso del monopatín en la vía pública está prohibido tanto por la Ordenanza General de Tráfico, como por la Ordenanza de Convivencia del Ayuntamiento de Guadalajara e, incluso, por el propio Reglamento General de Circulación que es aplicable en todo el estado español.

“Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento…”

También la Ley de Seguridad Vial, dice en su artº 9

“Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación, ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes “

Los legisladores que aprobaron estas normas consideraron que el interés particular del uso del monopatín entraba en colisión con el interés general del resto de ciudadanos y que, por tanto, este interés supremo debería de situarse por encima del otro.

Razones no les faltaban a estos representantes del pueblo cuando así lo consideraron.

Primera: El uso del monopatín en las vías públicas abiertas al tráfico de vehículos y personas supone un peligro no sólo para los propios practicantes, sino fundamentalmente, para el resto de ciudadanos, especialmente, para los peatones .

Segunda: Se producen molestias por ruidos

Tercera: Si el espacio público no es adecuado se producen deterioros en el mobiliario urbano e, incluso, en el pavimento.

Situándonos en lo concreto del caso sobre del uso de monopatines en la Plaza de los Caídos en la Guerra Civil, hay que poner de manifiesto que en él concurren estas tres razones que son las que, obviamente, obligan a los poderes públicos a prohibir esta actividad en un espacio de dominio público y a la Policía Local a velar por su cumplimiento.

La parte baja de la Plaza de los Caídos en la Guerra Civil, remodelada hace muy pocos años, por muchas razones, no parece un espacio adecuado para esta práctica, porque el uso privativo del mismo por parte de patinadores supone una merma en el uso y disfrute del resto de ciudadanos y sobre todo y, especialmente, un peligro para su integridad física. No sólo eso, sino que también se producen molestias por ruidos a los vecinos de esta Plaza, ya que existen varios bloques de viviendas habitadas frente a dicho espacio público. Finalmente, se produce un deterioro del mobiliario urbano en un entorno en que es tan abundante y costoso.
La prueba más tangible y contundente de que por un lado éste no es un espacio adecuado para el patinaje y que por otro existe una colisión de intereses entre ciudadanos, es el número de llamadas al servicio del 092 de la Policía Local que se han producido tanto de los propios vecinos de esta Plaza, quejándose de las molestias derivadas de esta actividad, como de simples transeúntes que se han quejado de la inseguridad que han sentido al transitar por la plaza. Incluso en una ocasión (12/03/2008) llegaron a colocar palets y tablones de madera para realizar su actividad. También conviene hacen constar otro dato. Y es que de todos los requerimientos que ha recibido la Policía Local sobre este asunto se han producido más “amonestaciones que denuncias”.

Sin embargo, el menor denunciado en pasado día 7 de febrero, lo fue también el mismo día y mes del año pasado, de lo que se desprende que tal vez él mismo y otros aficionados utilizan este espacio como zona habitual de patinaje, (ya que ni siquiera son vecinos de la zona) hecho que obviamente no puede ser permitido de facto como parece ser que se pretende.

En cuanto a la intervención del monopatín y la subrepticia imputación de robo hacia la Policía Local, constituye una ofensa incoherente y sin sentido, ya que en ningún momento se ha negado ni la propiedad, ni la devolución del mismo. En la copia de la denuncia que se entrega al denunciado, se señala este dato concreto de intervención del monopatín, por lo que queda abierta la posibilidad legal de solicitar su devolución, cosa bien distinta sería si no existiera constancia de tal intervención o se indicara la expropiación del mismo. Otra imputación errónea que representa para muchos lectores el “nudo gordiano” de esta polémica es la de si los policías se extralimitaron, se excedieron o cometieron algún abuso de autoridad al intervenir los monopatines. El artº 22 de la misma Ordenanza esclarece de forma nítida esta controversia:

“…tratándose de la infracción consistente en la práctica de juegos en el espacio público, los agentes de la autoridad procederán a la intervención cautelar de los medios empleados “…… “igualmente, en el caso de infracciones graves …,los agentes intervendrán cautelarmente el juego , monopatín, patín o similar con que se haya producido la conducta “


No sólo esta grave acusación, sino otras que realiza en su carta son también inciertas En concreto, sobre la falta de respuesta o explicación por parte de la Policía Local sobre la devolución del monopatín hay que manifestar lo siguiente:
En la misma tarde de los hechos acude este menor en compañía de una hermana mayor de edad a la Comisaría de Policía Local en donde se la informa que el monopatín queda en depósito en aplicación de la normas establecidas en la citada Ordenanza Municipal hasta que el instructor del correspondiente expediente sancionador determine sobre el mismo.

Dos días más tarde (9 de febrero) se persona por la tarde el padre del menor, siendo este atendido por un Subinspector. Al día siguiente (10 de febrero) por la mañana se presenta de nuevo y al no poder ser atendido por ningún mando (por encontrarse todos en la calle) se toma nota de su teléfono para ser informado debidamente. A las 14,21 horas le llama uno de estos mandos, aclarando al interesado todas sus dudas e, incluso, informando a éste de que existen pistas para monopatines en el Parque Lineal del Río Henares, manifestando conocer las mismas. Todo ello evidencia que esa acusación sobre “falta de respuesta, ni explicación por parte de la Policía Local “ es incierta.

Espero que después de la lectura de estas consideraciones, los ciudadanos que se sorprendieron por el sugerente o disparatado titulo de la carta de este padre, pongan otro título diferente a estos hechos y que la valoración de los mismos no se realice con el “corazón”, sino con la “razón”.

Un cordial saludo,
JEFATURA
POLICIA LOCAL DE GUADALAJARA


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